Pronunciamiento. Coordinadora de la mujer. Demanda de una ley de migración con enfoque de género

Las organizaciones e instituciones firmantes, que participamos de diferentes espacios de trabajo y promoción de los derechos de las mujeres en la temática de migración en el país, reunidas en la «Mesa Nacional de Construcción de una Ley General de Migración y Extranjería con Perspectiva de Género», demandamos la URGENTE necesidad de contar con una Ley Migratoria que incluya la perspectiva de género y el reconocimiento de los derechos de las mujeres como establece la actual Constitución Política del Estado.

Ante la creciente feminización de las migraciones, la ausencia en las políticas públicas y la necesidad de normar esta materia, es preciso abordar e implementar una Ley que permita enfrentar la vulnerabilidad a la cual se encuentran expuestas más de un 70% de mujeres del total de 2.5.millones de bolivianas y bolivianos que aproximadamente se encuentran fuera del país.

La existencia de una mayor demanda de mano de obra femenina en los mercados laborales de los países de destino para el trabajo doméstico y los servicios de cuidado, hace que la mayoría de las mujeres se encuentren expuestas a condiciones de trabajo precarias, con bajos salarios y condiciones de explotación e inseguridad social.

Se calcula que las remesas enviadas por la población migrante a nuestro país, representa más del 10 % del Producto Interno Bruto, (PIB) de Bolivia. Se estima que las mujeres envían al país un 40 % de su salario, mientras que los varones remiten el 14 % de los mismos.

La formulación de una Ley y políticas públicas en todos los niveles del Estado deben dar prioridad a garantizar los derechos de las mujeres migrantes, de las potenciales migrantes, de las retornadas y de sus familiares, por lo cual se plantea:

1. Reconocer el derecho a migrar, el derecho a no migrar y la igualdad de derechos con los nacionales que incluye la igualdad de trato.

2. Reconocer de manera expresa en la política migratoria nacional la feminización de las migraciones, tanto interna y externa, así como su aporte al desarrollo económico, social, político y cultural.

3. La regularización del estatus migratorio debe ser normado con carácter prioritario para las mujeres.

4. Asegurar el ejercicio del derecho a la reunificación familiar de las y los inmigrantes.

5. Garantizar el esta­blecimiento y cumplimiento de medidas efectivas para el reconocimiento de plenos derechos laborales a las mujeres inmigrantes trabajadoras.

6. Prever el derecho al acceso a la información en todo el proceso migratorio con enfoque de género.

7. Salvaguardar el acceso, participación e implicación de las mujeres inmigrantes en todos los ámbitos de la vida social y pública.

8. La trata de mujeres, niños, niñas y adolescentes es una situación de explotación extrema por lo que se debe contemplar el tratamiento de las víctimas, protegiendo la privacidad e identidad del testigo o víctima, proporcionándoles confidencialidad y asegurando un retorno voluntario y seguro.

9. Prevenir la violencia de género y la violencia sexual y facilitar la integración social de las mujeres inmigrantes, garantizándoles acceso a la justicia, y atención médica y psicológica adecuada y oportuna.

10. Ampliar y precisar las categorías de acoso sexual y de acoso laboral y que los consulados y embajadas, reciban denuncias, brinden atención asesoramiento y defensa oportunos a mujeres víctimas de violencia y discriminación.

11. Garantizar el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos y el acceso efectivo a servicios de salud.

12. Regulación de servicios y políticas consulares enfocados al pleno ejercicio y defensa de los derechos humanos de los y las residentes nacionales en el exterior, considerando las diferencias de género.

13. Retorno entendido como un proceso complejo de reinserción familiar, comunitaria, laboral y ciudadano, debe ser informado, y normado para aprovechar la experiencia y los conocimientos adquiridos, para garantizar la titularidad y el ejercicio de derechos económicos.

14. Evitar disposiciones normativas restrictivas que puedan afectar a las mujeres migrantes de manera directa o indirecta.

31 Organizaciones e Instituciones emitieron este pronunciamiento:

Coordinadora de la Mujer, Abriendo Mundos, Mesa Técnica de Migraciones (MTM), Capítulo Boliviano de Derechos Humanos Democracia y Desarrollo (CBDHDD), Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo (ISCOD), Tahipamu, Centro Vicente Cañas, Desarrollo local y Emigración en América Latina (emiDEL), Consejo Nacional de Ayllus y Marqas del Qullasuyo (CONAMAQ), Federación Regional de Cooperativas Mineras Auríferas (FERRECO), Federación Nacional de Cooperativas Mineras (FENCOMIN), FECAFEB, Centro de Capacitación e Investigación de la Mujer Campesina de Tarija (CCIMCAT), Asociación de Organizaciones de Productores Ecológicos de Bolivia (AOPEB), Centro Afroboliviano de Desarrollo Integral y Comunitario (CADIC), Organización de Mujeres Aimaras del Kollasuyo (OMAK), Federación Nacional de Trabajadoras del Hogar de Bolvia (FENATRAHOB), Confederación Nacional de Trabajadores por Cuenta Propia de Bolivia (CONTCUPB), FENAPDOP, Instituto de Formación Femenina Integral (IFFI), Centro de Ayuda y Apoyo a la Mujer y Niñez (CAMN), PROGENERO, Equipo de Comunicación Alternativa con Mujeres (ECAM), Casa de la Mujer, Instituto Politécnico Tomás Katari (IPTK), Centro de Investigación y Ap! oyo Campesino (CIAC), Centro de Tecnología Intermedia (CEDETI), COOMUJER, Mujeres en Acción, Centro de Capacitación y Servicio para la Integración de la Mujer (CECASEM).

 

de clickgenero Publicado en Bolivia

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